Acuerdo de luto institucional por el fallecimiento de S.E.R. Mons. Dr. Mario del Valle Moronta

El Consejo Universitario de la Universidad Católica del Táchira, en uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias

Considerando

Que hoy, 4 de agosto de 2025, partió a la Casa del Padre, S.E.R. Mons. Doctor Mario del Valle Moronta Rodríguez, V Obispo de la Diócesis de San Cristóbal y Gran Canciller Emérito de esta Universidad.

Considerando

Que S.E.R. Mons. Doctor Mario del Valle Moronta Rodríguez, se caracterizó por su celo apostólico, su agudeza intelectual, su prolífica producción académica, el máximo cuidado de la dignidad de la persona humana en todo momento; así como una profunda sensibilidad social, que le implicó en las grandes luchas de nuestro tiempo, constituyéndole en faro de luz en búsqueda de la verdad, como servidor y testigo de Dios en medio de su Pueblo.

Considerando

Que S.E.R. Mons. Doctor Mario del Valle Moronta Rodríguez, se distinguió por el paternal cuidado que prodigó a esta Universidad Católica del Táchira, durante su ejercicio como Gran Canciller de esta, en procura de la defensa de su buen nombre, la integridad de sus procederes, su autonomía y patrimonio, así como la custodia de los miembros de su comunidad universitaria.

Considerando

Que, con el paso a la Eternidad de S.E.R. Mons. Doctor Mario del Valle Moronta Rodríguez, la República pierde uno de sus más celosos guardianes, el Táchira un hijo dilecto que le sirvió con palabras y obras por más de 25 años y, esta Universidad, un eximio hombre de letras y espíritu, Doctor Honoris Causa en Derecho, consustanciado con la fe que se encarna en la sencillez y laboriosidad del pueblo tachirense.

Acuerda:

Artículo 1º. Unirse al pesar que embarga a la Iglesia Universal, a la Diócesis de San Cristóbal y a la familia de S.E.R. Mons. Doctor Mario del Valle Moronta Rodríguez, por su sensible fallecimiento.

Artículo 2°. Declarar duelo institucional en el seno de la Universidad Católica del Táchira durante tres días, tiempo en el cual permanecerá enlutada la bandera de la UCAT y ninguna actividad de júbilo podrá desarrollarse en ella.

Artículo 3°. Asistir el Claustro Universitario en pleno a las honras fúnebres y a la misa exequial, en los tiempos y lugares que sean designados para ello, como testimonio de agradecido recuerdo a tan extraordinario prelado.

Artículo 4°. Difundir la vida y obra del egregio difunto, como forma de conservar para la posteridad el ejemplo de un hombre de fe extraordinario, que sirvió a su Pueblo hasta el último momento de su vida terrenal.

Artículo 5º. Hacer público el presente acuerdo y entregarlo a las Autoridades Eclesiásticas y sus familiares.

Dado, firmado, sellado y refrendado por el Consejo Universitario de la Universidad Católica del Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil veinticinco.

Dr. Pbro. Javier Yonekura Shimizu

Rector – Presidente

Refrendado:

Dr. Jesús Gerardo Díaz

Secretario